1. CENTROS CANÓNICAMENTE ERIGIDOS Y LEGITIMADOS PARA CONCEDER TÍTULOS CON RECONOCIMIENTO OFICIAL DENTRO DE LA IGLESIA CATÓLICA.

Los centros canónicamente erigidos y legitimados para conceder títulos con reconocimiento oficial dentro de la Iglesia presentarán a la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis, para su refrendo en cuanto a la validez para la preparación de Profesores de Religión y su correspondiente expedición de la Declaración Eclesiástica de Competencia Académica (DECA), el plan de estudios y el régimen académico a seguir por los alumnos que deseen obtener, finalizados sus estudios en dichos centros, la Declaración Eclesiástica de Competencia Académica.

Este Plan de Estudios especificará:

  1. Destinatarios: maestros de Educación Infantil o Primaria o profesores de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
  2. Modalidad: presencial, semipresencial, a distancia.
  3. Contenidos: programas desarrollados de cada curso con bibliografía correspondiente, señalando los diversos temas de cada sector de acuerdo con los programas aprobados por la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis de la CEE.
  4. Organización académica de esta preparación, indicando por cada asignatura la distribución horaria (horas presenciales, obligatorias/horas no presenciales) y el tipo de enseñanzas (magisteriales, trabajos personales, etc.)
  5. Tipo de evaluación: Pruebas de evaluación a realizar por los alumnos como culminación de cada uno de los conjuntos temáticos, especificando modalidad y tipología del examen final (presencial).
  6. Relación nominal de los profesores que vayan a impartir cada una de las asignaturas del Plan de estudios, con referencia de las titulaciones y especializaciones que posean en la materia. Es necesario incluir la “Venia Docendi” o misión canónica de cada uno de los profesores.cunstancias lo requieran.