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El Presidente modera la actividad general de la Conferencia. Son atribuciones suyas en particular:
1.º Representar jurídicamente a la Conferencia Episcopal.
2.º Cuidar las relaciones de la Conferencia Episcopal con la Santa Sede y con otras Conferencias Episcopales.
3.º Atender a las relaciones de la Conferencia Episcopal con las autoridades civiles de la nación sin menoscabo de las prerrogativas de la Santa Sede y de las competencias del Obispo diocesano y de las Provincias y Regiones Eclesiásticas.
4.º Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea Plenaria, así como las de la Comisión Permanente y del Comité Ejecutivo.
5.º Resolver con el Secretario General asuntos de trámite o de procedimiento, de los que informará al Comité Ejecutivo.
6.º Dar su conformidad a los documentos y notas de las Comisiones Episcopales, conforme a lo establecido en el art. 35, 7.º.
7.º Presidir el Consejo de Economía.
8.º Igualmente, tiene la facultad de designar como miembro de cada una de las Comisiones Episcopales, con voto deliberativo, un Obispo emérito que goce de buena salud, sea competente en la respectiva materia y se muestre disponible para asumir tal oficio. En la Asamblea Plenaria, este Obispo seguirá teniendo voto meramente consultivo.
En ausencia del Presidente, le suple el Vicepresidente; en caso de cese o dimisión, el Vicepresidente ejercerá las funciones de Presidente hasta la próxima Asamblea Plenaria, en la que se elegirá nuevo Presidente.
Al Vicepresidente, en caso de ausencia, le suple el miembro más antiguo por ordenación episcopal, perteneciente al Comité Ejecutivo; igualmente en caso de cese o dimisión, hasta que se nombre nuevo Vicepresidente en la próxima Asamblea Plenaria.
Los cargos de Presidente y Vicepresidente de la Conferencia Episcopal durarán un trienio. Sólo será posible la reelección para un segundo trienio sucesivo.
Los Cardenales miembros de la Conferencia forman el Consejo de Presidencia de la misma.
Son atribuciones del Consejo de Presidencia:
1.º Velar para que se observen los Estatutos de la Conferencia Episcopal.
2.º Recibir y resolver las reclamaciones de los miembros de la Conferencia en relación con el cumplimiento de los Estatutos.
3.º Recibir y resolver conflictos entre los órganos de la Conferencia.
4.º Asistir al Presidente con su parecer, cuando este lo solicite, sobre problemas estatutarios, de procedimiento u otros que conciernan a la Conferencia Episcopal.
5.º Añadir al Orden del día de toda Asamblea Plenaria los temas que considere convenientes.
El Representante Pontificio será miembro de honor del Consejo de Presidencia, cuando asista a las reuniones de la Conferencia, bien por mandato de la Santa Sede, bien por ruego de la misma Conferencia expresado por su Presidente, y siempre en la sesión de apertura de cada Asamblea Plenaria.
Presidente: Emmo. y Rvdmo. Sr. D.
Ricardo Blázquez Pérez. Cardenal Arzobispo de Valladolid
Vicepresidente: Excmo. y Rvdmo. Sr. D.
Antonio Cañizares Llovera. Cardenal Arzobispo de Valencia
Miembros del Consejo de Presidencia: Emmo. y Rvdmo. Sr. D.
Juan José Omella Omella. Cardenal Arzobispo de Barcelona
Carlos Osoro Sierra. Cardenal Arzobispo de Madrid
PRESIDENTES
VICEPRESIDENTES
SECRETARIOS GENERALES
Después de haber conocido esta misma mañana la renuncia de Su Santidad el Papa Benedicto XVI al ministerio petrino, me apresuro a expresar al Santo Padre, en nombre propio, y de todos los obispos miembros de la Conferencia Episcopal Española, nuestra más profunda gratitud por el impagable servicio prestado a la Santa Iglesia en estos intensos años de pontificado.